Sabemos por medio de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que todas las personas tenemos derecho a ser partidarios de las actividades gubernamentales del país que habitemos, ya sea de manera directa o mediante representantes electos libremente bajo la voluntad de las personas. La voluntad se manifiesta por un proceso de elecciones legítimas celebradas por sufragio universal, haciendo uso del voto libre y secreto. De tal suerte que tenemos el derecho de votar y ser votados.
Ahora bien, todas las personas tenemos derecho a involucrarnos en una relación en el país que habitemos. Pero, ¿qué tal que presenciáramos de la existencia de la Declaración Universal de los Derechos de las Relaciones? Es bien sabido que nosotros elegimos mediante nuestra voluntad al representante de nuestro amor de manera directa. Por lo tanto, lo manifestamos mediante el uso del voto amoroso personal que es libre y si queremos, es secreto. Si en un cierto momento, el representante de nuestro amor no cumple con las necesidades básicas representativas de la relación o en caso de sufra-yo universal ¿contaríamos con un punto fundamental de la Declaración? ¿la opción del derecho de botar y ser botados?
Nosotros como botantes adquirimos cierta idea del amor como un sentimiento que conlleva hacia acciones “recíprocas” en una relación. No obstante, sobresale el egoísmo personal y surge el intento de manipulación hacia nuestro representante del amor con la finalidad de acoplarlo a nuestra percepción amorosa. Si se genera inconformidad y no llegamos al acuerdo mutuo u objetivo, alejamos al votante para pasar a ser botadores. Sin duda alguna, no es la única opción y en el peor de los casos, podemos ejecutar la mala elección del representante. Esto es, la donación del voto amoroso en alguien que en realidad no está cumpliendo con su papel representativo y del cual esperamos más. De esta manera, al no ser bien correspondido o representado amorosamente, no hay progreso en la relación, de tal forma que, el voto se torna fraudulento y nos convertimos en botados.
Si ejercemos nuestros derechos, generarán obligaciones que deberán ser cumplidas así estemos en cualquiera de los dos casos. Entonces, ¿Tenemos derecho a amar y la obligación de corresponder? O ¿Tenemos la obligación de amar y derecho de corresponder? No siempre. En fin, como buenos ciudadanos ejerzamos y cumplamos con los requisitos del amor sin que se vuelva una obligación.
Que buenas entradas Álvaro ya soy fans (sí con "s" al final es de mayor categoría) de tu blog !!!
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